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No puede obtener la visa para que su madre haga la peregrinación excepto sobornando al oficial

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Fecha de publicación : 01-09-2014

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Pregunta

Yo estoy en un país europeo, y quiero llevar a mi madre desde aquí para que haga la peregrinación mayor, porque en nuestro propio país árabe, quien va o no a la peregrinación mayor es determinado por un sistema de lotería. Pero para obtener la visa de la embajada saudí, se me pidió que pague 300 euros porque mi madre no está residiendo conmigo en este país europeo. Este dinero no será pagado al Estado saudí, sino que más bien es un dinero que me pide el oficial en la embajada como condición para procesar el visado para mi madre. ¿Es este dinero considerado como un soborno, o como el pago por un servicio?

Texto de la respuesta

Alabado sea Dios.

Si este dinero le es dado al oficial y no es depositado en las arcas del Estado a través de la embajada, entonces es un soborno y está prohibido, y este oficial está violando la ley al pedirte ese dinero, porque está prohibido para él tomarlo, por lo que debería ser denunciado. 

Intenta por todos los medios obtener el visado legalmente. Pero si llegado el caso no encuentras ninguna otra manera de obtener la visa correspondiente excepto pagando este soborno, entonces nosotros pensamos que es más importante que tu madre haga la peregrinación, y si te ves obligado a pagar ese dinero a este malhechor, el pecado no recaerá sobre ti porque te viste obligado a hacerlo, sino que recaerá sobre él. 

Los juristas han hecho una excepción en el caso de los sobornos, que están severamente prohibidos en general. Pero en el caso de una persona que no puede ejercer un legítimo derecho sin pagar este soborno, y no puede recurrir a una autoridad superior a la de quien le pide el soborno ni resolverlo de otra manera, entonces es permisible para él pagarlo, pero sigue estando prohibido aceptarlo para quien lo pidió, por lo cual al aceptarlo estará incurriendo en un pecado y en un delito. 

El shéij Ibn Taimíyah (que Allah tenga misericordia de él) dijo:

“Si le da un soborno para evitar que el empleado cometa una injusticia contra él o para que le reconozca su legítimo derecho, entonces este soborno está prohibido para el empleado aceptarlo, pero es permisible para su víctima el darlo, cuando es el menor entre dos daños. El Profeta Muhámmad (que la paz y las bendiciones de Allah sean con él) dijo: “Yo le doy a uno de ellos un regalo y él lo toma y lo conserva hasta que su brazo está en el Fuego”. Le preguntaron: “¿Por qué se los das entonces?”. Él respondió: “Ellos insisten en pedírmelo, y Dios me insiste en que no debo ser tacaño”…”. Fin de la cita de Al-Fatáwa al-Kubra, 4/174. 

Taqi ad-Dín as-Subki (que Allah tenga misericordia de él) dijo:

“Lo que significa el soborno prohibido que hemos mencionado es aquel que la persona ofrece para evitar un deber o para obtener algo a lo que no tiene derecho. Pero si la persona lo da bajo coacción para obtener algo que legítimamente le corresponde, entonces el pecado y la prohibición se aplica a quien pide el soborno, pero no a quien lo da. Si la persona que lo da lo está haciendo porque no encuentra otra manera de recuperar su legítimo derecho excepto de esta forma, entonces es permisible que lo dé. Pero si conoce otra forma de obtener lo que le corresponde sin pagar este soborno, entonces debe recurrir a ese otro método y está prohibido para él pagarlo. Estas son las normas sobre cualquier cosa que se da a modo de soborno para obtener algo a cambio: está prohibido pedirlo o aceptarlo en todos los casos, pero sobre ofrecerlo o acceder a pagarlo, si es permisible o prohibido depende de la situación, de la necesidad, y de cuál es el menor entre dos males, como hemos dicho”. Fin de la cita de Fatáwa as-Subki, 1/204. 

Para más información, por favor consulta la pregunta No. 72268

Y Allah sabe más.

Origen: Islam Q&A