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Alabado sea Dios.
Alabado sea AllahLa pregunta ha sido planteada a su eminencia el Sheij Muhammad Ibn Saleh al-Uthaimin (que Allah le proteja) que ha respondido que la operación no está permitida, ya que el comprador, dice al vendedor: préstame el precio de la tarjeta, te lo pagaré con intereses. Ahora bien estos intereses están incluidos en la usura …… pero puede venderle el aparato a plazos, ya que dispone de el efectivamente.
si decía: Los intereses corresponden al aparato?
También es inútil, ya que los intereses se aplican a todo. Este contrato está viciado de nulidad. Pero el comprador puede adquirir una tarjeta con su propio dinero.
¿La operación es prohibida debido a que el Profeta prohibió realizar dos operaciones en una? ¿La relación entre el comprador y el vendedor puede ser considerada como un encargo en el que se paga un monto por el servicio?
No, ya que hay dos contratos distintos, el primero con la empresa de las telecomunicaciones y el segundo con el proveedor, lo que es prohibido. Es como si hiciéramos un préstamo a la empresa de las telecomunicaciones y éste lo devolviera con intereses.
Allah sabe mejor.