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Alabado sea Dios.
Alabado sea Allah.En primer lugar, le pedimos a Allah que le garantice a todos los prisioneros musulmanes una rápida liberación, que les garantice la paciencia y el consuelo por Su generosidad, que llene sus corazones con paz y firmeza en la fe, y les facilite a los musulmanes el camino guiados de tal manera que Sus amigos más cercanos sean honrados y Sus enemigos sean humillados.
En segundo lugar, los eruditos han determinado que la oración y el ayuno no son revocados para prisioneros y detenidos, y que deben tratar de hacer su mejor esfuerzo para calcular de los horarios debidos. Si el prisionero piensa que el horario de la oración muy probablemente ha llegado, entonces debe rezar, y si piensa que lo más probable es que Ramadán haya llegado, entonces debe ayunar. Él puede calcular los horarios de oración en base a los momentos en que ha comido, o preguntando a los guardas, o algo así.
Si él intenta calcular los horarios correctos para rezar y ayunar, entonces sus actos de culto serán válidos y aceptables, ya sea que luego descubra que lo hizo en los tiempos correctos o no pueda averiguar nada, porque Allah dijo (interpretación del significado):
“Allah no exige a nadie por encima de sus posibilidades”. Al-Báqarah 2:286.
“Allah no exige a nadie más allá de las capacidades que le ha concedido”. At-Talaq 65:7.
Pero si encuentra que ayunó en los días del ‘Id, debe reponerlo, porque ayunar en el días de ‘Id no es válido.
Pero si encuentra que se le hizo tarde y que rezó o ayunó antes del horario apropiado, debe repetir el ayuno o la oración.
Dice en al-Mawsu’ah al-Fiqhíyah (28/84-85):
La mayoría de los juristas sostienen el punto de vista de que si los meses parecen ser iguales para una persona, el ayuno de Ramadán no deja de ser una responsabilidad para él, y aún seguiría siendo obligatorio porque es responsable y las reglas se le aplican.
Si trata de calcularlo y ayuna, entonces uno de los siguientes cinco casos se aplican:
1 – El problema continúa y no puede averiguarlo, entonces no sabe si hizo su ayuno durante Ramadán o si fue antes o después. En este caso su ayuno es válido y no tiene que repetirlo, porque él hizo lo mejor que pudo, y no se le requeriría hacer más que esto.
2 – El ayuno del prisionero coincide con Ramadán, entonces este es aceptable.
3 – Si su ayuno sucedió después de Ramadán, es aceptable de acuerdo a la mayoría de los juristas.
4 – En el cuarto escenario, hay dos posibilidades:
a) Si comenzó a ayunar antes de Ramadán, y encontró que lo hizo antes de que Ramadán viniera, entonces debe ayunar cuando Ramadán llega, y no hay diferencia de opinión entre los sabios con respecto a esto.
b) Si comenzó a ayunar antes de Ramadán, y no supo que esto había sucedido hasta que finalizó. Hay dos opiniones sobre si esto es aceptable:
I) Que no es aceptable para Ramadán, entonces debe recuperarlo. Este es el punto de vista de los málikis y hánbalis.
II) Que es aceptable como ayuno de Ramadán, tal como si los peregrinos estuvieran inseguros sobre el día de ‘Arafah y lo observaran antes del día. Este es el punto de vista de los sháfi’is.
5 – Si el ayuno del prisionero coincide con una parte de Ramadán y otra no, entonces, la que coincide con Ramadán o la que viene después es aceptable, y la que fue realizada antes no es aceptable”. Fin de la cita.
Ver: al-Maymu’ (3/72-73) y al-Mughni (3/96).
Y Allah sabe mejor.