Alabado sea Dios.
Con respecto a quien tiene la obligaciَn de ayunar:
1 – Si mantiene relaciones con su esposa durante el día en Ramadán, una o más veces en un día, debe ofrecer una sola expiaciَn. Si tuvo relaciones en varios días, debe ofrecer tantas expiaciones como días en que tuvo relaciones sexuales.
2 – Debe ofrecer expiaciَn por haber mantenido relaciones aْn si no conocía la regla que dice que debe ofrecer expiaciَn por eso.
3 – La esposa también debe ofrecer expiaciَn por haber mantenido relaciones si lo hizo voluntariamente con su marido. Pero si fue obligada, entonces no debe hacerlo.
4 – No está permitido dar dinero en lugar de dar de comer a una persona pobre, y eso no es suficiente.
5 – Está permitido dar de comer a una persona pobre con medio saa’ por él y medio saa’ por su esposa. Eso se considera como una de las sesenta personas que deben ser alimentadas en nombre de ambos.
6 – No está permitido darle todo a una sola persona pobre, o a una organizaciَn de beneficencia, ya que puede que no lo distribuyan a sesenta personas pobres. El creyente debe esforzarse por cumplir con su obligaciَn con respecto a las expiaciones.
Y Allah es la Fuente de fuerza. Que Allah envíe paz y bendiciones sobre nuestro Profeta Muhammad, su familia y compaٌeros.