Jurar por actos de adoración es haram, pero no hay expiación por ello

Pregunta 141164

Juré por mi ayuno que nunca haría eso, pero ahora quiero hacerlo. ¿Cuál es la fatwa sobre este juramento?

Texto de la respuesta

Alabado sea Al-lah, y que la paz y las bendiciones sean con el Mensajero de Al-lah.

No está permitido jurar excepto por uno de los hermosos nombres de Al-lah o por uno de Sus sublimes atributos, porque el Profeta (la paz y las bendiciones de Al-lah sean con él) dijo: "Quien quiera jurar, que jure por Al-lah o, de lo contrario, que guarde silencio" (Bujari, 2679).

El Profeta (la paz y las bendiciones de Al-lah sean con él) consideró que jurar por cualquier persona o cosa distinta de Al-lah, es shirk menor, porque implica venerar algo o a alguien distinto de Al-lah, ya que un juramento solo puede hacerse por algo que es venerado. El Profeta (la paz y las bendiciones de Al-lah sean con él) dijo: "Quien jura por algo distinto de Al-lah ha cometido un acto de shirk" (narrado por Abu Dawud (3251); clasificado como sahih por Al Albani en Sunan Abi Dawud).

Jurar por el ayuno, la oración o cualquier otro acto de adoración es jurar por algo distinto de Al-lah, por lo tanto, es haram.

Dice en Tabin Al Haqá’iq (3/109): “Jurar por un acto de adoración no es un juramento, porque es jurar por algo distinto de Al-lah, Exaltado sea”.

Ibn Al Humam (que Al-lah lo tenga en Su misericordia) dijo en Fath Al Qadir (5/71): “Jurar por actos de adoración es jurar por algo distinto de Al-lah o de Sus atributos, por lo tanto, no es un juramento”.

Quien haya hecho eso tiene que arrepentirse ante Al-lah, lamentar lo que hizo y decidir no volver a hacerlo nunca más.

Un juramento hecho por algo distinto de Al-lah no es un juramento vinculante, así que no tiene que cumplirse y no se debe ofrecer ninguna expiación por ello.

Ibn Hazm (que Al-lah lo tenga en Su misericordia) dijo en Al Muhal-la (9/125): “Quien jura por algo distinto de Al-lah no ha jurado y eso no es un juramento; es inválido y no se debe hacer nada al respecto, excepto pedirle perdón a Al-lah y arrepentirse solamente”.

El Sheij Al Islam Ibn Taimiah (que Al-lah lo tenga en Su misericordia) dijo: “Jurar por cosas creadas como la Ka'ba, los ángeles, los shuiúj, los reyes, los padres, las tumbas de los padres y cosas semejantes, es un juramento que no es vinculante y por el cual no se debe ofrecer expiación, según el consenso de los eruditos. Más bien, está prohibido, y esta prohibición significa que es haram según la opinión más correcta de las dos” (Al Fatawa Al Kubra, 3/222).

Basándonos en esto, no hay nada de malo en que hagas lo que juraste no hacer, si era algo permisible, y no tienes que ofrecer ninguna expiación, pero sí tienes que arrepentirte de este juramento haram.

Y Al-lah sabe más.

Referencia

Las promesas

Fuente

Islam Q&A

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