Domingo 30 Ramadán 1446 - 30 Marzo 2025
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¿Se puede ayunar antes de Ramadán?

Pregunta

Me dijeron que no está permitido ayunar antes del comienzo de Ramadán. ¿Es cierto?

Resumen de la respuesta

No está permitido anticipar el Ramadán ayunando uno o dos días antes de que comience para aquellos que no tienen un patrón habitual de ayuno o que no continúan ayunando después de haber empezado a ayunar antes (en la primera mitad de Sha`ban).

Alabado sea Dios.

Ayunar la segunda mitad de Sha’ban

Existen hadices narrados del Profeta (que la paz y las bendiciones de Al-lah sean con él) que prohíben ayunar en la segunda mitad del mes de Sha’ban, excepto en dos casos:

  1. Aquellas personas que ayunan de forma regular, como quien ayuna los lunes y jueves, pueden continuar haciéndolo aún en la segunda mitad de Sha’ban.
  2. Si une los ayunos de la segunda mitad de Ramadán con la primera mitad, es decir, si comenzó a ayunar en la primera mitad y continúa ayunando hasta que comienza Ramadán, entonces está permitido.

Algunos de esos hadices son:

Al Bujari (1914) y Muslim (1082) narraron que Abu Hurairah (que Al-lah esté complacido con él) dijo: “El Mensajero de Al-lah (que la paz y las bendiciones de Al-lah sean con él) dijo: ‘No anticipen Ramadán ayunando uno o dos días antes de que comience; pero si un hombre tiene el hábito de ayunar, entonces que ayune’”.

Abu Dawud (3237), At-Tirmidhi (738) e Ibn Mayah (1651) narraron de Abu Hurairah (que Al-lah esté complacido con él) que el Mensajero de Al-lah (que la paz y las bendiciones de Al-lah sean con él) dijo: “Cuando llegue la segunda mitad de Sha’ban, no ayunen” (clasificado como sahih por Al Albani en Sahih At-Tirmidhi, 590).

An-Nawawi dijo: “Las palabras del Profeta (que la paz y las bendiciones de Al-lah sean con él) que dicen: “No anticipen Ramadán ayunando uno o dos días antes de que comience, pero si un hombre tiene el hábito de ayunar, entonces que ayune”, indican claramente que no está permitido anticipar Ramadán ayunando uno o dos días antes de que comience para aquellos que no tienen un esquema habitual de ayuno o que no están continuando un ayuno comenzado antes (en la primera mitad de Sha’ban). Si una persona no está continuando un ayuno o no tiene una costumbre regular de ayunar, entonces es haram.

Ayunar el día de la duda

At-Tirmidhi (686) y An-Nasa’i (2188) narraron que ‘Ammar Ibn Yasir (que Al-lah esté complacido con él) dijo: “Todo aquel que ayune el día con respecto al cual hay dudas, habrá desobedecido a Abul Qasim (que la paz y las bendiciones de Al-lah sean con él)”.

Al Hafidh dijo en su libro Fath Al Bari: “Se entiende de esto que es haram ayunar el día de duda, porque los Sahabah no dirían algo así basado en su opinión personal”.
El día de la duda es el 30 de Sha’ban, si no puede verse la luna debido a las nubes, etc. Se lo llama día de la duda porque puede ser el treinta de Sha’ban o el primero de Ramadán. Es haram ayunar ese día, a menos que coincida con un día en que la persona ayune normalmente”.

An-Nawawi dijo en su libro de Fiqh Al Maymu’ (6/400) con respecto a ayunar el día de la duda: “Si una persona cumple un ayuno voluntario este día, y tiene una razón para hacerlo, por ejemplo, tener el hábito de ayunar todos los días o de ayunar en días alternados, o ayunar en días especiales, como los lunes, y coincide con este día, entonces puede ayunar; nuestros compañeros no difieren en su opinión al respecto. La evidencia se halla en el hadiz de Abu Hurairah: “No anticipen Ramadán ayunando uno o dos días antes de que comience, pero si un hombre tiene el hábito de ayunar, entonces que ayune”. Si no tiene un motivo para ayunar, entonces es haram que ayune ese día.

El Sheij Ibn ‘Uzaimin dijo lo siguiente en su comentario sobre el hadiz: “No anticipen Ramadán ayunando uno o dos días antes de que comience…”: “Los sabios (que Al-lah los tenga en Su misericordia) diferían en su opinión con respecto a esta prohibición y sobre si era haram o makruh. La opinión correcta es que es haram, especialmente el día de la duda (Sharh Riadh As-Salihin, 3/394).

Según esto, ayunar en la segunda mitad del mes de Sha’ban se clasifica en dos categorías:
1. Ayunar del 16 al 28. Esto es makruh, excepto para quienes ya tengan un esquema regular de ayuno.

2.Ayunar el día de la duda, o uno o dos días antes de que comience Ramadán. Esto es haram, excepto para quien ya tenga un esquema regular de ayuno.

Y Al-lah sabe más.

Origen: Islam Q&A