Miércoles 17 Yumada az Zaniah 1446 - 18 Diciembre 2024
Español

¿Es la Shari’ah amplia y abarcadora?

Pregunta

¿Ofrece la Shari’ah islámica soluciones detalladas para todos los asuntos: políticos, sociales y económicos? Si surge una situación para la cual no hay referencia en el sistema legal islámico, ¿a dónde recurrimos para encontrar una respuesta?

Resumen de la respuesta

El sistema legal islámico (Shari’ah) provee todo lo que la gente necesita con relación a todos los asuntos, ya que es el sistema legal final, es parte de la religión perfecta y completa.

Alabado sea Dios.

¿Es amplia y abarcadora la Shari’ah?

El sistema legal islámico (Shari’ah) que Al-lah, Glorificado sea, reveló a Sus siervos, abarca todo lo que la gente necesita con respecto a su credo, sus actos de adoración y sus interacciones, porque es la religión y sistema de leyes final, con la cual el último Profeta (la paz y las bendiciones de Al-lah sean con él) fue enviado a toda la humanidad. Entonces, no hay profeta luego de él y no hay ley luego de la suya. Incluso ‘Isa (la paz sea con él), cuando vuelva en el final de los tiempos, juzgará de acuerdo a ella.

Aquel que reflexione en el Corán y estudie la Sunnah, y examine los libros de jurisprudencia y los asuntos de actualidad, se dará cuenta de ello con certeza.

Las reglas están o específicamente mencionadas en los textos religiosos del Corán y la Sunnah –esto se conoce como normas fundamentales (Usul Al Ahkam), y la mayor parte de lo que la gente necesita se encuentra en ellas–, o no están mencionadas específicamente en los textos religiosos, pero el jurista puede encontrar el fundamento sobre un asunto examinando otra evidencia de la Shari’ah, como relatos narrados de los Compañeros, o por analogía (Qias) derivada de las normas mencionadas en el texto, o haciendo Istis-hab (presunción de la continuidad de un hecho a falta de prueba en contra ), o por Masalih Mursalah (interés público), o previniendo los medios que llevan al mal.

Por ello, Al-lah, Glorificado sea, dice (lo que en español se interpreta así): {¿Acaso debo buscar otro juez en lugar de Al-lah, siendo que Él es Quien ha revelado el Libro donde se detallan todas las cosas? Aquellos a quienes les concedí el Libro anteriormente saben que el Corán ha sido revelado por tu Señor con la Verdad. No seas de los indecisos} [Corán 6:114].

{Te he revelado el Libro que contiene todas las explicaciones…} [Corán 16:89]

En el hadiz se lee: “No hay obra que acerque a la persona al Paraíso sin que se las haya ordenado, y no hay obra que acerque a la persona al Infierno sin que se las haya prohibido. Ninguno de ustedes debe pensar que su sustento está demorado, ya que Yibril me inspiró que ninguno de ustedes dejará este mundo hasta que haya recibido su sustento por completo. Entonces, teman a Al-lah, oh, gente, y sean moderados al buscar la provisión. Si alguno piensa que su sustento está demorado, que no lo busque desobedeciendo a Al-lah, ya que no se puede lograr la recompensa de Al-lah de esa forma” (narrado por Ibn Abu Shaibah en Al Musannaf, 34332 y por Al Hakim en Al Mustadrak, 2/5; clasificado como auténtico por Al Albani en Sahih At-Targuib wat-Tarhib, 1700).

El Sheij Ibn ‘Uzaimin (que Al-lah lo tenga en Su misericordia) dijo: “Las normas islámicas se pueden dividir en dos categorías:

  • La primera es aquella que El Legislador [Al-lah] mencionó en términos específicos en los textos religiosos, como los versículos:

{Les es prohibido [comer] la carne del animal muerto por causa natural, la sangre, la carne de cerdo, el animal que haya sido sacrificado invocando otro en lugar de Al-lah} [Corán 5:3]

{Fuera de las prohibiciones, es lícito que busquen casarse pagando la dote correspondiente…} [Corán 4:24] –esto hace referencia a las mujeres con las cuales es lícito casarse.

Y hay muchos ejemplos similares.

  • La segunda categoría es aquello que no está mencionado en términos específicos en los textos, sino que se menciona en lineamientos generales en la enseñanza islámica y en la evidencia general de la Shari’ah. Esto es porque el sistema legal islámico es amplio y abarca todo, pero no es posible mencionar cada asunto específico en los textos, ya que eso requeriría tantos volúmenes que ningún vehículo podría transportarlos.

Pero hay reglas generales y básicas con las cuales Al-lah bendice a quien quiere de Sus siervos, para que puedan encontrar respuestas a otros asuntos menores a través de las bases y normas generales, como: “No debe haber daño ni reciprocar el daño”, por ejemplo. A pesar de que hay algunas reservas sobre la autenticidad del hadiz, los principios universales del Islam testifican la veracidad de su significado. Este principio general podría cubrir miles de situaciones en las cuales hay daño, y miles de asuntos en los cuales hay daño recíproco, sin tener que mencionar uno por uno.

Por ejemplo, en los tiempos del Califa ‘Umar Ibn Al Jattab (que Al-lah esté complacido con él), hubo una disputa entre dos hombres. Uno de ellos tenía dos parcelas de tierra entre las cuales había otra que pertenecía a otro hombre. El dueño de las dos parcelas quería que fluyera el agua a través de la tierra del otro para que llegara a su segundo terreno, pero el segundo hombre se rehusaba y dijo: “No puedes hacer que pase el agua por mi tierra”. El asunto fue llevado al Califa ‘Umar Ibn Al Jattab (que Al-lah esté complacido con él), y dictaminó que se permita fluir el agua a través de la tierra del hombre lo quiera o no. Dijo: “La haré fluir, incluso si fluye a través de tu estómago –o tu espalda–”, porque el vecino que se rehusaba a dejar pasar el agua por su tierra solo quería dañar al otro con ello, de no ser así, habría reconocido que al dejar pasar el agua también se iba a beneficiar, ya que habría podido plantar árboles o sembrar cultivos, así que iba a ser beneficioso para ambas partes (Liqa’ Al Bab Al Maftuh, 18/122).

Se puede entender de los versículos que hemos citado que el Corán –por sí solo– contiene explicaciones detalladas para todo lo que la gente necesita. Los eruditos respondieron esto de dos maneras:

  • El Corán indica que la Sunnah, el consenso de los eruditos (Iyma’), y la analogía (Qias) constituyen pruebas sólidas. Por lo tanto, se puede declarar de forma correcta que toda conclusión a la que se llegue en base a tales pruebas tiene referencia en el Corán.
  • El Corán mismo incluye una explicación de tal tema de una forma u otra, incluso si eso es en virtud del hecho de que hay cosas que se pueden considerar permisibles en algunos casos.

Si bien, en esta discusión, no estamos intentando probar que todas las normas están mencionadas en el Corán, nuestro propósito es probar que la Shari’ah, con sus fuentes reconocidas, puede producir leyes para todos los asuntos; y vale la pena aclarar lo que fue confirmado por Ar-Razi (que Al-lah lo tenga en Su misericordia) sobre el segundo argumento, luego de notar que el primero es la posición de la mayoría de juristas.

Ar-Razi (que Al-lah lo tenga en Su misericordia) dijo: “En relación a la postura de que este Libro no contiene todas las normas conectadas a los asuntos fundamentales y menores, decimos: en cuanto a los fundamentales, se los encuentra a todos en el Corán, ya que están mencionados de la forma más elocuente.

En cuanto a las posturas de las Madh-habs y sus detalles, no hay necesidad de ello.

Y en cuando a la discusión detallada de los asuntos menores, decimos que los eruditos tienen dos opiniones al respecto.

  1. La primera: dicen que el Corán indica que el Iyma’ (consenso de los eruditos), los reportes Ahad y el Qias (analogía) se los debe considerar como pruebas de la Shari’ah; entonces, todo lo que se compruebe con base en ellos es, en realidad, comprobado por el Corán.

Al Wahidi (que Al-lah lo tenga en Su misericordia) dio tres ejemplos de esto:

  • Primer ejemplo: se narró que Ibn Mas’ud (que Al-lah esté complacido con él) solía decir: “¿Por qué no he de maldecir a aquellos que Al-lah maldijo en Su Libro, es decir, a la mujer que hace tatuajes y la que los solicita, y a la mujer que realiza extensiones de pelo y a la que las solicita?”. Y se relató que una mujer leyó todo el Corán, luego fue a él y le dijo: “Oh, Ibn Umm ‘Abd, ayer leí el Corán de principio a fin, y no encontré nada que maldiga a la mujer que realiza tatuajes y la que los solicita”. Él (que Al-lah esté complacido con él) respondió: “Si lo hubieses leído, lo habrías encontrado. Al-lah, Glorificado sea, dice (lo que en español se interpreta así): {Lo que les ha transmitido el Mensajero tómenlo…} [Corán 59:7].

… y una de las cosas que nos trajo el Mensajero de Al-lah es: ‘Que Al-lah maldiga a la mujer que hace tatuajes y a la que los solicita’”.

Es posible encontrar la norma sobre este asunto en el Libro de Al-lah en un versículo más claro, porque Al-lah, Exaltado sea, dice en Surat An-Nisa’ (lo que en español se interpreta así): {[Los paganos] invocan en vez de Al-lah a deidades femeninas. En realidad, solo invocan a un demonio rebelde. Al-lah maldijo al demonio…} [Corán 4:117-118].

Así, Al-lah lo maldijo y luego enumeró sus aberrantes obras, entre las cuales mencionó que dijo: {… les ordenaré… que alteren la naturaleza de la creación de Al-lah} [Corán 4:119].

El significado aparente de este versículo indica que cambiar la creación de Al-lah lleva a ser maldecidos.

  • El segundo ejemplo: se narró que Ash-Shafi’i (que Al-lah lo tenga en Su misericordia) estaba sentado en Al Masyid Al Haram y dijo: “Si me hacen una pregunta les daré una respuesta del Libro de Al-lah, Glorificado sea”. Entonces un hombre preguntó: “¿Qué dices de un peregrino en Ihram que mata una avispa?”. Respondió: “No debe hacer nada [como expiación]”. El hombre preguntó: “¿Dónde está eso en el Libro de Al-lah?”. Respondió: “Al-lah, Glorificado sea, dice (lo que en español se interpreta así): {Lo que les ha transmitido el Mensajero tómenlo…} [Corán 59:7].

Luego mencionó un relato, con un Isnad (cadena de transmisión) que databa de los tiempos del Profeta (la paz y las bendiciones de Al-lah sean con él) en la cual dijo: “Deben aferrarse a mi Sunnah y al camino de los Califas Bien Guiados que vengan luego de mí”. Luego mencionó, con una cadena de trasmisión que llegaba a tiempos de ‘Umar (que Al-lah esté complacido con él) un relato en el que dijo: “El peregrino en Ihram puede matar una avispa”.

Al Wahidi (que Al-lah lo tenga en Su misericordia) dijo: “Así, dio una respuesta citando el Libro de Al-lah y derivando esta regla a través de tres niveles de narración”.

Hay otra forma de probar eso que es más clara, la cual es que, en principio, la riqueza de los musulmanes es inviolable. Al-lah, Glorificado sea, dice (lo que en español se interpreta así): {…a su favor tendrá el bien que haga, y en su contra tendrá el mal que haga} [Corán 2:286].

{Al-lah no les exige todos sus bienes} [Corán 47:36]

{No estafen ni usurpen injustamente, sino que comercien de mutuo acuerdo} [Corán 4:29]

De esa forma Al-lah prohíbe consumir la riqueza de la gente excepto a través del comercio. Entonces, cuando no hay comercio, eso significa que es prohibido [consumir la riqueza de la gente]. Estas normas generales dictan que no debe haber penalidad alguna para el peregrino que mata una avispa, y eso es porque nos adherimos al sentido general de estos principios y esa debe ser la regla.

  • El tercer ejemplo: Al Wahidi (que Al-lah lo tenga en Su misericordia) dijo: “Se narró en el hadiz sobre el trabajador contratado que cometió zina, que su padre le dijo al Profeta (la paz y las bendiciones de Al-lah sean con él): ‘Juzga entre nosotros con el Libro de Al-lah’. Entonces él (la paz y las bendiciones de Al-lah sean con él) dijo: ‘Por Aquel en Cuyas Manos está mi alma, he de juzgar entre ustedes de acuerdo al Libro de Al-lah’. Luego dictaminó que el trabajador fuera azotado y desterrado, y que la mujer fuera apedreada si confesaba su culpabilidad”.

Al Wahidi (que Al-lah lo tenga en Su misericordia) dijo: “Ni los azotes ni el destierro están mencionados en el texto del Corán. Esto indica que cualquier mandamiento que diera el Profeta (la paz y las bendiciones de Al-lah sean con él) es en esencia el mismo del Libro de Al-lah.

Este ejemplo es correcto, porque Al-lah, Glorificado sea, dice (lo que en español se interpreta así): {Y a ti [¡oh, Muhammad!] te he revelado el conocimiento [de la Sunnah] para que expliques a la gente la revelación [el Corán] que habían recibido} [Corán 16:44].

Todo lo que el Mensajero (la paz y las bendiciones de Al-lah sean con él) explicó y aclaró está incluido en el sentido de este versículo.

En estos ejemplos queda comprobado que el Corán indica que el Iyma’ (consenso de los eruditos) cuenta como evidencia, y que los reportes Ahad también, y lo mismo para el Qias (analogía); cada lineamiento establecido en cualquiera de estas tres formas está, de hecho, probado en el Corán. Es así como debemos entender las palabras de Al-lah (que en español se interpretan así): {No he omitido nada en el Libro} [Corán 6:38].

Así se debe comprender este versículo, y esta forma de pensar es la que sostiene la mayoría de los juristas…

  1. La segunda postura con relación al significado de este versículo es aquella de los que dicen que el Corán solo es suficiente y que en él se encuentran todas las reglas.

La forma de explicar esto es notando que, en principio, todos estamos libres de obligaciones, y para cada una debe haber una evidencia particular. Mencionar en textos específicos las categorías para las cuales no hay obligación es imposible, porque son ilimitadas, y no se las puede poner por escrito. Lo que sí se puede mencionar es aquello que es finito.

Por ejemplo, hay mil obligaciones que Al-lah impone a la gente; las mencionó en el Corán, y luego ordenó a Muhammad (la paz y las bendiciones de Al-lah sean con él) que las transmitiera a la gente. Luego de eso, dijo (lo que en español se interpreta así): {No he omitido nada en el Libro} [Corán 6:38]

Esto significa que no hay otra obligación que Al-lah nos haya dado luego de esas mil. Luego confirma esto en el versículo (que en español se interpreta así): {Hoy les he perfeccionado su forma de adoración…} [Corán 5:3].

{[no hay]… algo que esté verde o seco, sin que se encuentre registrado en un libro evidente} [Corán 6:59]

Esta es la explicación de la opinión de esa gente. Se puede encontrar una discusión más detallada en los libros de Usul Al Fiqh (fundamentos de la jurisprudencia). Y Al-lah sabe más” (Tafsir Ar-Razi, 12/527).

Nota:

La postura correcta sobre el versículo en el que Al-lah, Glorificado sea, dice (lo que en español se interpreta así): {No he omitido nada en el Libro} [Corán 6:38], es que el Libro al que se hace referencia aquí es Al Lauh Al Mahfudh, en el que Al-lah, Glorificado sea, registró el decreto de Su creación. Esto es lo que se narra de ‘Abdul-lah Ibn ‘Abbas (que Al-lah esté complacido con él) en su comentario del versículo.

Pero un mejor versículo para citar como evidencia en este contexto es aquel en el que Al-lah, Exaltado sea, dice (lo que en español se interpreta así): {Te he revelado el Libro que contiene todas las explicaciones} [Corán 16:89].

Ver: Tafsir Ibn Yarir (9/234), Tafsir Ibn Kazir (3/253), As-Sa’di (p. 255).

El Fiqh de asuntos contemporáneos

Si surge algún asunto nuevo del cual no hay mención en el Libro de Al-lah, Exaltado sea, o en la Sunnah de Su Mensajero (la paz y las bendiciones de Al-lah sean con él) –como en el caso de algunos temas médicos o económicos, por ejemplo, la inseminación artificial, la ingeniería genética, o comerciar con cripto monedas–, allí los eruditos deben estudiar y esforzarse para llegar a una norma, ya sea por analogía y así obtener una regla, o aplicando los lineamientos generales de la Shari’ah, teniendo en cuenta sus objetivos.

No importa cuál fuera el asunto, siempre es posible para los eruditos elaborar una norma en la Shari’ah, incluso al referirse a principios básicos, porque hay cosas que están por defecto permitidas o prohibidas si no hay evidencia que sugiera lo contrario, entonces, no es posible que haya alguna situación para la cual no se encuentre una regla en la Shari’ah.

Para más información, por favor ver: Tafsir Adua’ Al Baian de Ash-Shinquiti sobre el versículo {El Corán guía por el sendero más justo y firme…} [Corán 17:9].

En conclusión, el sistema legal islámico (Shari’ah) brinda todas las normas que la gente necesita sobre todos sus asuntos, ya que es el sistema final, la religión perfecta y completa, tal como Al-lah, Glorificado sea, dice (lo que en español se interpreta así): {Hoy les he perfeccionado su forma de adoración, he completado Mi gracia sobre ustedes y he dispuesto que el Islam sea su religión} [Corán 5:3].

Y Al-lah sabe más.

Origen: Islam Q&A