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Alabado sea Dios.
El Profeta Muhámmad (que la paz y las bendiciones de Allah sean con él) otorgó una concesión a Al-'Abbás que le permitía pasar la noche en la Meca para que él pudiera sacar agua para los peregrinos, y ese es un servicio público. Asimismo, otorgó una concesión a pastores que les permitía no pasar la noche en Mina, porque estaban cuidando las monturas de los peregrinos. Esto es como quienes no pasan la noche allí para cuidar de los intereses de la gente, como los médicos, los bomberos, etc. Estas personas no tienen que pasar la noche allí, porque la gente en general necesita sus servicios.
Con respecto a los que tienen excusas individuales, como quien está enfermo, quien está atendiendo al enfermo, etc., ¿caen bajo las mismas reglas? Hay dos opiniones entre los eruditos:
Algunos eruditos dicen que caen bajo las mismas normas, porque tienen una excusa válida.
Otros eruditos dicen que no caen bajo las mismas normas, porque sus excusas son individuales y no generales.
Lo que me parece que es el caso es que los que tienen excusas válidas caen bajo las mismas normas, como una persona enferma que necesita ser mantenida bajo observación en el hospital en esas dos noches, la décimo primera y la décimo segunda. No hay nada de malo con esto y no debe ofrecerse ninguna compensación, ya que esta es una excusa válida. El hecho de que el Mensajero de Dios (que la paz y las bendiciones de Allah sean con él) otorgara una concesión a Al-‘Abbás (que Dios esté complacido con él) a pesar de que podría haberlo delegado en alguno de entre la gente de la Meca que no estuviera realizando la peregrinación mayor (para realizar esa tarea) indica que el deber de pasar la noche en Mina es flexible, es decir, que no es estrictamente obligatorio. Incluso el imam Áhmad (que Allah tenga misericordia de él) creía que quien no pasara la noche en Mina en una de esas noches no tenía que ofrecer una compensación; más bien que sólo diera algo en caridad, es decir, diez o cinco riales, según la situación.
Fin de la cita de Maymu' al-Fatáwa Ibn al-‘Uzaimín, 23/237.