Alabado sea Dios.
En el caso de un ayuno voluntario que no se realiza por una razón específica, no está estipulado que se deba tener la intención de ayunar desde la noche anterior. Más bien, si el musulmán decide ayunar durante el día y ayuna hasta la puesta del sol, esto es aceptable, en tanto no haya hecho nada que rompa el ayuno desde la aurora de ese día.
Pero en el caso del ayuno voluntario que se hace por una razón específica, sí es esencial tener la intención de ayunar desde la noche anterior.
El Shéij Muhámmed ibn al-‘Uzaimín (que Allah tenga misericordia de él) fue consultado:
“Ayunar los seis días del mes de Shawwál o en el día de ‘Arafah, ¿cae bajo las mismas normas que los ayunos obligatorios, en el sentido de que la intención de realizar estos ayunos debe estar presente desde la noche anterior? ¿O caen bajo las normas de los ayunos voluntarios? ¿Es permisible tomar la decisión de ayunar esos días aun si ha pasado ya medio día? ¿Será la recompensa de quien decide ayunar a mitad del día como la de quien come el refrigerio de la madrugada al final de la noche anterior, antes de comenzar el día?”.
Él respondió:
“Sí, es permisible tomar la decisión de observar un ayuno voluntario en cualquier momento del día, siempre y cuando uno no haya realizado ninguna acción que rompa el ayuno desde el alba. Por ejemplo, si un musulmán come después del alba, y luego decide ayunar, su ayuno no sería válido porque ha comido en las horas de ayuno. Pero si no ha comido nada desde el alba y luego decide observar un ayuno voluntario, entonces esto es aceptable, porque se ha narrado que el Profeta Muhámmad (que la paz y las bendiciones de Allah sean con él) hizo eso.
La recompensa mencionada es sólo para quien tenía la intención desde la noche anterior, porque el Profeta Muhámmad (que la paz y las bendiciones de Allah sean con él) dijo: “Los actos no son sino intención”. Entonces quien tenía la intención desde el día anterior tendrá una recompensa específica por eso, y quien haya tenido la intención de ayunar luego de la aurora tendrá una recompensa acorde a eso. Si la recompensa estuviera relacionada con el día de ayuno entonces no habría ayunado el día entero, sino más bien la parte del día en la cual tuvo la intención de hacerlo.
Basándonos en esto, si alguien se levanta después de la aurora y no come ni bebe nada, y luego a mitad del día decide que ese día ayunará uno de los seis días de Shawwál, y luego ayuna cinco días más, entonces habría ayunado cinco días y medio. Si tuvo la intención de ayunar luego de que ha pasado un cuarto del día, entonces habrá ayunado cinco días y tres cuartos, porque los actos son juzgados de acuerdo a las intenciones, como dice el reporte: “Quien ayune Ramadán y luego seis días de Shawwál”.
En ese caso te diríamos que no has logrado la recompensa por ayunar los seis días de Shawwál, porque no ayunaste los seis días completos. Lo mismo puede decirse con respecto al día de ‘Arafah.
Pero si el ayuno es un ayuno voluntario general, que no está relacionado con una razón específica, entonces es válido, y será recompensado a partir del momento en que decidió ayunar”. Fin de la cita de Liqá’ al-Bab al-Maftuh, 55/21.
Él también dijo:
“Si la virtud del ayuno está relacionada con un día en particular, como por ejemplo ayunar los lunes o el jueves, ayunar los días 13, 14 y 15 del mes lunar, y el musulmán ha tenido la intención de ayunar durante el día en curso, entonces no ha alcanzado la recompensa de ese día de ayuno. Por ejemplo, si el musulmán ayuna un lunes pero tuvo su intención de ayunar después de que rompió la aurora, no tendrá la misma recompensa de quien tomó la decisión de ayunar antes de que comience el día, porque no puede decirse con justicia que haya ayunado la totalidad del día sino sólo la parte del día que transcurrió desde que tomó la decisión de ayunar.
Igualmente, si un musulmán se despierta y no está ayunando, y luego le dicen que es el día 13 del mes y decide ayunar por ese motivo, no logrará la recompensa completa de ese día porque no ha ayunado el día entero”. Fin de la cita de Ash-Shárh al-Mumti’, 6/360.
Para más información, por favor consulta la respuesta a la pregunta No. 21819.
Y Allah sabe más.