Alabado sea Dios.
Sí, eso está permitido. De hecho está permitido que un hombre tenga intimidad con su esposa mientras ayuna, siempre y cuando no tenga relaciones ni eyacule.
Al-Bujaari (1927) y Muslim (1106) narraron que ‘Aa’ishah (que Allah esté complacido con ella) dijo: “El Profeta (la paz y las bendiciones de Allah desciendan sobre él) solía besar y tener intimidad mientras ayunaba, y él podía controlar sus deseos más que ninguno de ustedes”.
Al-Sindi dijo:
La palabra yubaashir (traducida como “tener intimidad”) significa tocar la piel de la esposa y que ella lo toque a él, como al poner su mejilla contra la suya y cosas similares.
A lo que se refiere aquí es a tocar la piel, no a las relaciones sexuales.
El Sheij Ibn ‘Uzaymin (que Allah tenga piedad de él) se le preguntó lo siguiente:
¿Qué es lo que tiene permitido hacer un hombre que está ayunando con su esposa que también está ayunando?
Respondió:
El hombre que está cumpliendo un ayuno obligatorio no tiene permitido hacer nada con su esposa que lo lleve a la eyaculación. Las personas varían en la rapidez con la que llegan al clímax; algunas de ellas son más lentas y pueden controlarse por completamente, como lo dijo ‘Aa’ishah (que Allah esté complacido con ella) con respecto al Mensajero de Allah (la paz y las bendiciones de Allah desciendan sobre él): “…él podía controlar sus deseos más que ninguno de ustedes”. Otras personas no pueden controlarse, y eyaculan rápidamente. Este tipo de persona no debe tener intimidad con su esposa ni tocarla o besarla, etc., mientras cumple con un ayuno obligatorio. Si una persona sabe que puede controlarse, entonces puede abrazar y besar a su esposa incluso mientras cumple con un ayuno obligatorio, pero debe tener cuidado con las relaciones sexuales (durante el día) en Ramadán, porque para el que está obligado a ayunar esto se convierte en cinco cosas:
1- Es un pecado.
2- El ayuno se invalida.
3- Él debe evitar comer y beber, etc. por el resto del día. Todo aquel que rompa el ayuno durante Ramadán sin una razón legítima debe evitar comer, etc. (por el resto del día) y también debe recuperar ese día.
4- Él debe recuperar ese día porque ha perdido un acto obligatorio de adoración, que debe recuperar.
5- Debe ofrecer una expiación que es una de las más difíciles de realizar: liberar a un esclavo; si no puede hacerlo, debe ayunar durante dos meses consecutivos; si no puede hacerlo entonces debe alimentar a sesenta personas pobres.
Si la persona estaba cumpliendo con un ayuno obligatorio en un momento que no es el de Ramadán –como al recuperar los días perdidos durante Ramadán, o al realizar un ayuno de expiación, etc., entonces la ruptura del ayuno tiene dos consecuencias: el pecado y la obligación de recuperar ese día. Sin embargo, si se trataba de un ayuno voluntario, y la persona tiene relaciones en ese momento, no tiene que hacer nada para compensarlo.