Alabado sea Dios.
Si el peregrino está haciendo la peregrinación menor en el mes de Ramadán y viene de una tierra lejana, tal como el Náyd, u otra, entonces es un viajero y puede romper el ayuno en el camino, ya sea que esté llegando a las ciudades de Riadh, o a al-Qasim, o a Há’il o a Medinah. Puede romper el ayuno en el camino y en La Meca. Pero si él ha decidido quedarse por más de cuatro días, entonces cuando llegue a La Meca, para estar seguros es mejor que ayune, porque la mayoría de los eruditos sostiene el punto de vista de que si él tenía la firme decisión de quedarse por más de cuatro días, entonces debe ofrecer las oraciones completas y no romper el ayuno.
Pero si ha decidido quedarse por dos o tres días o cuatro y no más, entonces puede romper el ayuno o puede ayunar, puede acortar sus oraciones de cuatro rak’as en dos o puede ofrecerlas completas con el resto de la gente. Si está solo debe rezar en congregación, pero si fue acompañado entonces tiene la opción: si quiere puede rezar dos rak’as con la gente que lo acompaña, o si quiere puede rezar cuatro rak’as con los residentes en congregación. Si su estadía es mayor que cuatro días, entonces deben ayunar y ofrecer las oraciones completas, de acuerdo a la mayoría de los eruditos. Fin de la cita.
Shéij ‘Abd el-‘Azíz ibn Baaz (que Allah tenga misericordia de él).