Alabado sea Dios.
Primero:
No debe hacer ayunos voluntarios hasta que haya completado los días que debe de Ramadán, así que comience ayunando los días que le falta para completar Ramadán y luego haga ayunos voluntarios.
Segundo:
Si ayunas el diez y once de Muharram con la intención de compensar los días no ayunados de Ramadán, eso es permitido y compensará dos de los días que aún debes. El Profeta (que la paz y las bendiciones de Alá sean con él) dijo: “Las acciones valen por su intención, y cada persona obtendrá de recompensa acorde a su intención”.
Fataawa al-Laynah al-Daa’imah, 11/401
Esperamos que obtenga la recompensa por ayunar los días que debe de Ramadán y también la recompense por el ayuno de esos días.
Fataawa Manaar al-Islam, por el Sheij Muhammad ibn ‘Uzaymin (que Alá tenga misericordia con él), 2/358.