Alabado sea Dios.
Se ha probado que el Profeta Muhámmad (que la paz y las bendiciones de Allah sean con él) dijo: “Cuando ha pasado la mitad de Sha’bán, no ayunen”. Narrado por Abu Dawud, 3237; Ibn Hibbán, 1651; clasificado como auténtico por Al-Albani en Sahih at-Tirmidi.
Hay algunas excepciones a esta prohibición, que son las siguientes:
1 – La persona que tiene el hábito de ayunar, por ejemplo quien ayuna regularmente los lunes y los jueves. La evidencia para esto son las palabras del Profeta Muhámmad (que la paz y las bendiciones de Allah sean con él) cuando dijo: “No se anticipen a Ramadán ayunando unos días antes que comience, excepto quien ayuna regularmente en la semana”. Narrado por al-Bujari, 1914; Muslim, 1082.
2 – El musulmán que comienza a ayunar antes de que comience la mitad de Sha’bán, y luego continúa cuando la mitad del mes ha llegado. La evidencia para esto son las palabras de ‘Aa'ishah (que Allah esté complacido con ella) quien dijo: “El Profeta Muhámmad (que la paz y las bendiciones de Allah sean con él) solía ayunar todo el mes de Sha’bán, o casi todo el mes”. Narrado por al-Bujari, 1970; Muslim, 1165. Esta es la versión narrada por Muslim.
El iman An-Nawawi dijo:
‘Él solía ayunar todo el mes de Sha’bán, o casi todo el mes’. La segunda frase es una explicación de la primera, señalando que ayunaba la mayor parte de este mes.
El reporte indica que es permisible ayunar después de que ha pasado la mitad del mes de Sha’bán, pero sólo porque uno ha comenzado a ayunar antes de ese momento.
3 – El musulmán que debe reponer ayunos perdidos del anterior mes de Ramadán, también está eximido de esta prohibición.
El imam An-Nawawi (que Allah tenga misericordia de él) dijo en Al-Maymu’, 6/399:
“Nuestros compañeros han dicho que no es correcto ayunar en el ‘día de la duda’ justo antes de Ramadán, y que no hay diferencia de opinión entre los eruditos respecto de este punto. Sin embargo, si un musulmán debe reponer un ayuno perdido de Ramadán o cumplir un voto, como una expiación, entonces ayunar en estas condiciones es aceptable, porque si es permisible observar un ayuno voluntario durante ese día con mucha más razón lo será entonces ayunar un ayuno obligatorio. Y si un musulmán debe reponer algún día de ayuno del Ramadán anterior, entonces debe ayunarlo, porque el tiempo que le queda para reponer su ayuno perdido es muy breve”.
El ‘día de la duda’ es el trigésimo de Sha’bán, si no ha sido posible avistar la luna en ese día a causa de las nubes, de la niebla, etc. Es llamado el ‘día de la duda’ porque existe la duda de si es el último día de Sha’bán o el primero de Ramadán.
En conclusión:
No hay nada de malo con reponer un ayuno perdido de Ramadán en la última mitad del mes de Sha’bán. Este caso no está incluido en la prohibición del Profeta Muhámmad (que la paz y las bendiciones de Allah sean con él). Por lo tanto tu ayuno de esos tres días es válido, y debes ayunar los días que te quedan antes de que Ramadán comience.
Y Allah sabe más.