Jueves 20 Yumada al Ula 1446 - 21 Noviembre 2024
Español

Reglas sobre el ayuno para las mujeres embarazadas y las madres que amamantan

Pregunta

¿Está permitido que mi esposa que amamanta a mi hijo de diez meses no ayune durante Ramadán?

Texto de la respuesta

Alabado sea Dios.

Con respecto a las madres que amamantan – y también mujeres embarazadas- se pueden aplicar dos escenarios: 

1- Si la mujer no es afectada por el ayuno, y no es demasiado difícil para ella, y no teme por su hijo, entonces, está obligada a ayunar, y no está permitido que no ayune.

2- Si la mujer teme por su vida o la de su hijo por causa del ayuno, o para ella es muy difícil ayunar, tiene permitido no ayunar, pero debe recuperar los días que no ayuna.

En esta situación es mejor que no ayune, y para ella ayunar es makruh. Algunos de los expertos expresaron que si ella teme por su hijo, es obligatorio que no ayune, siendo haram que ayune.

Al-Mirdaawi dijo en al-Insaaf (7/382): 

Es makruh que ella ayune en este caso…Ibn ‘Aqil dijo: Si una mujer embarazada o una madre que amamanta teme por su embarazo o su hijo, entonces en este caso no está permitido que ayune, pero si no teme por su hijo entonces no está permitido que no ayune.

Al Sheij Ibn ‘Uzaymin (que Allah tenga piedad de él) se le preguntó lo siguiente en Fataawa al-Siyaam (p. 161): 

Si una mujer embarazada o una madre que amamanta no ayuna sin una excusa, y es fuerte y goza de buena salud, y no se ve afectada por el ayuno, ¿cuáles son las reglas en este caso?

Respondió:

No está permitido que una mujer embarazada o una madre que amamanta no ayune durante el día en Ramadán salvo que tenga una justificación. Si no ayuna porque tienen una excusa, deben recuperar los ayunos perdidos, porque con respecto al que está enfermo, Allah dice (interpretación del significado):

“Quien de vosotros presencie la aparición de la luna [correspondiente al comienzo del noveno mes] deberá ayunar; y quien estuviere enfermo o de viaje [y no ayunase] deberá reponer posteriormente los días no ayunados y así completar el mes”

[al-Baqarah 2:185]

Las mujeres embarazadas y las madres que amamantan se clasifican como los enfermos. Si su excusa es que temen por su hijo, entonces así como recuperan los ayunos no realizados, según algunos expertos también deben alimentar a una persona enferma por cada día perdido, entregándoles trigo, arroz, dátiles o algún otro alimento básico. Algunos de los expertos dicen que todas ellas deben recuperar los ayunos perdidos, sin importar la situación, porque no existe evidencia en el Corán o la Sunnah que indique que hay que entregar alimentos en este caso, y el principio básico dice que no existe la obligación salvo que exista prueba para ello. Ésta es la opinión de Abu Hanifah (que Allah tenga piedad de él) y es una opinión sólida.

Al Sheij Ibn ‘Uzaymin (que Allah tenga piedad de él) también se le preguntó en Fataawa al-Siyaam (p. 162) sobre una mujer embarazada que teme por ella o su hijo, y no ayuna, ¿cuáles son las reglas?

Respondió diciendo:

Nuestra respuesta es que una de estas dos situaciones se aplica en el caso de una mujer embarazada.

La primera ocurre si es una mujer sana y fuerte, y no tiene dificultades para ayunar, y esto no afecta a su feto. En este caso, la mujer está obligada a ayunar, porque no tiene excusa para no hacerlo.

La segunda ocurre cuando la mujer embarazada no puede ayunar, ya sea porque el embarazo es avanzado o porque se encuentra físicamente débil, o por alguna otra razón. En este caso ella no debe ayunar, especialmente si esto puede perjudicar a su feto, no ayunar será obligatorio. Si no ayuna, así como lo hacen los que no ayunan debido a una razón válida, ella debe recuperar los días cuando su justificación acabe. Al dar a luz, ella debe recuperar los ayunos después de encontrarse pura del puerperio. Sin embargo, a veces la justificación del embarazo puede terminar pero es seguida inmediatamente por el amamantamiento. La madre que amamanta puede necesitar alimentos y bebida, especialmente durante los largos días de verano cuando hace mucho calor. Por eso puede necesitar no ayunar para nutrir a su hijo con su leche. En este caso nosotros le decimos: No ayune, y cuando termine esta justificación, usted puede recuperar los ayunos que no realizó.

El Sheij Ibn Baaz dijo en Maymu’ al-Fataawa (15/224): 

Con respecto a las mujeres embarazadas y a las madres que amamantan, está comprobado en el hadiz de Anas ibn Maalik al-Ka’bi, narrado por Ahmad y los autores de al-Sunan con un sahih isnad, que el Profeta (la paz y las bendiciones de Allah desciendan sobre él) les otorgó una concesión que les permite no ayunar, y las considera como a los viajeros. De aquí se sabe que pueden no ayunar pero deben recuperar los ayunos más adelante, como lo hacen los viajero.

Los expertos expresaron que ellas tienen permitido no ayunar si el ayuno se les hace muy difícil, como en el caso de los enfermos, o si temen por la vida de sus hijos.

Y Allah sabe mejor.

En Fataawa al-Laynah al-Daa’imah (10/226) se expresa:

La mujer embarazada está obligada a ayunar durante el embarazo, salvo que tema que el ayuno la afecte o afecte a su feto, en éste caso tiene permitido no ayunar, y debe recuperar los ayunos después de dar a luz y purificarse del puerperio.

Origen: Islam Q&A