Jueves 25 Yumada az Zaniah 1446 - 26 Diciembre 2024
Español

El niño falleció en el cuarto mes de embarazo; ¿se le debe imponer un nombre y ofrecer la comida (‘aqiqah) por él, o debe ser lavado y amortajado?

Pregunta

Mi esposa estaba embarazada, y a los cuatro meses y tres semanas de embarazo, el niño falleció en el útero de su madre. ¿Qué debemos hacer? ¿Debe imponérsele un nombre y ofrecer la ‘aqiqah en sacrificio por él? Si no se necesita hacer más nada, espero que usted pueda ayudarnos con esto. Que Dios le recompense con el bien.

Texto de la respuesta

Alabado sea Dios.

En primer lugar, hay una diferencia de opinión entre los eruditos con respecto al aborto luego de los cuatro meses. Lo que se ha afirmado en las opiniones jurídicas de nuestros shéijs es que el feto debe ser nombrado, lavado y amortajado, y que se debe ofrecer una oración funeraria por él, y que debe ser enterrado con los musulmanes, y que se debe ofrecer una comida “aqiqah” por él. 

Le preguntaron a los eruditos del Comité Permanente de Jurisprudencia Islámica de Arabia Saudita: 

“Por favor, aconséjeme con respecto a mi esposa; antes de que ella falleciera, perdió un feto a los cuatro meses de embarazo. Ella lo tomó y lo enterró sin ofrecer una oración funeraria por él. Por favor, aconséjeme sobre si yo debería hacer algo al respecto”.

Ellos respondieron: 

“Él debería haber sido lavado y amortajado, y se debería haber ofrecido una oración funeraria por él, de acuerdo a la opinión más correcta entre los eruditos, en tanto la edad del niño haya alcanzado los cuatro meses, a causa del significado general del reporte narrado por Abu Dawud y at-Tirmidhi, de al-Mughirah ibn Shu’bah (que Allah tenga misericordia de él), que el Profeta (que la paz y las bendiciones de Allah sean con él) dijo: “Se debe ofrecer la oración funeraria por el niño abortado”. Pero esto no debe ser hecho ya, y tú no tienes que hacer nada ahora”. 

Fatáwa al-Láynah ad-Dá'imah, 8/406. 

Y ellos también dijeron: 

“Si la edad de cuatro meses no se había alcanzado, entonces el funeral no debía ofrecerse, y no debía tampoco imponérsele un nombre ni ofrecer la ‘aqiqah, porque el alma no le había sido insuflada”. 

Fatáwa al-Láynah ad-Dá'imah, 8/408. 

Le preguntaron al Shéij Muhámmed ibn ‘Uzaimín (que Allah tenga misericordia de él): 

“Si un embarazo se pierde antes de los cuatro meses, ¿se debe ofrecer la ‘aqiqah (comida) por él o no?” 

Él respondió: 

“Si el embarazo se perdió antes de los cuatro meses, entonces no se debe ofrecer la ‘aqiqah, y no se le debe imponer un nombre ni ofrecer un funeral por él, y puede ser enterrado en cualquier lado. 

Pero después de los cuatro meses el alma ha sido insuflada al cuerpo, por lo tanto debe ser nombrado y amortajado, y se debe ofrecer una oración funeraria por él, y debe ser enterrado con los musulmanes, y se debe ofrecer una ‘aqiqah por él, según nuestro punto de vista. Algunos eruditos han dicho que la ‘aquiqah no debía ser ofrecida a menos que viviera por siete días, pero el punto de vista correcto es que la ‘aqiqah debe ofrecerse, porque él resucitará en el Día de la Resurrección, e intercederá por sus padres”. 

As’ilat al-Bab il-Maftuh, q. 653. 

En segundo lugar, la sangre que sale cuando el niño es abortado espontáneamente en esta etapa es sangrado post-parto (nifás), por lo tanto la mujer no debe rezar ni ayunar, y su marido no debe mantener relaciones con ella. Esta sangre es considerada como sangrado post-parto si en el feto pueden verse rasgos humanos. 

El Shéij Muhámmed ibn ‘Uzaimín (que Allah tenga misericordia de él) dijo: 

“Los eruditos han dicho que si el feto es expulsado y tiene rasgos humanos visibles, entonces el sangrado posterior es sangrado post-parto (nifas), por lo tanto la mujer debe cesar de rezar y ayunar, y su marido debe evitar mantener relaciones con ella hasta que el sangrado haya terminado. Si el embrión es expulsado sin forma visible, entonces el sangrado no se considera sangrado post-parto, sino un sangrado irregular, que no evita que la mujer pueda rezar, ayunar, etc. 

También han dicho que el período mínimo después del cual aparecen rasgos humanos en el embrión es de ochenta día”. 

Fatáwa al-Mar’ah al-Muslimah, 1/304, 305. 

Consulta también la pregunta No. 37784

Y Allah sabe más.

Origen: Islam Q&A