Lunes 22 Yumada az Zaniah 1446 - 23 Diciembre 2024
Español

Tiene una enfermedad de los riñones y el doctor le aconsejó no ayunar

Pregunta

Hace poco supe que mis riñones están produciendo pequeñas piedras, y un doctor que es musulmán piadoso me dijo que no es permisible ayunar para mí. Para explicarlo mejor, la razón es protegerme para que no se sigan produciendo piedras, bebiendo agua regularmente a lo largo del día. ¿Debo entonces ayunar en Ramadán?

Texto de la respuesta

Alabado sea Dios.

Si un doctor musulmán confiable ha determinado que el ayuno perjudicará tu salud como te ha dicho, entonces lo que está prescripto es que aceptes y hagas uso de la concesión que Dios te ha hecho, glorificado y exaltado sea, cuando Él dijo (traducción del significado): 

“Quien de vosotros estuviese enfermo o de viaje y no ayunase, deberá reponer posteriormente los días no ayunados” (Al-Báqarah, 2:184). 

Ibn Kázir (que Allah tenga misericordia de él) dijo:

“Quien está enfermo y quien está viajando están eximidos de ayunar. Pueden alimentarse y beber, y luego reponer el mismo número de días cuando su situación cambie”. Fin de la cita de Tafsir Ibn Kázir, 1/498.

El musulmán no debe ponerse a sí mismo en aprietos y dificultades innecesarias cuando Dios le ha concedido una licencia para aliviarle. El Mensajero de Dios (que la paz y las bendiciones de Allah sean con él) dijo: “Dios ama que cuando concede una licencia sea usada y aprovechada, así como detesta ser desobedecido”. Narrado por Áhmad, 5832; clasificado como auténtico por al-Albani en Sahih al-Yámi’, 1886. 

Si el enfermo no tiene esperanzas de recuperación, entonces debe alimentar a una persona pobre por cada día no ayunado; si existen esperanzas de recuperación, entonces debe reponer los días no ayunados más adelante, cuando se haya recuperado. 

El Shéij Muhámmed ibn al-‘Uzaimín (que Allah tenga misericordia de él) dijo:

“Los eruditos clasificaron las normas por enfermedad en dos tipos con respecto al ayuno: aquellas para quien hay esperanzas de recuperación, en cuyo caso debe comer y beber y luego recuperar el ayuno cuando se recupere, y aquellas para quien no hay esperanzas de recuperación, en cuyo caso debe alimentar a una persona pobre por cada día no ayunado, y esto reemplaza la obligación del ayuno”. Fin de la cita de Fatáwa an-Nur ‘ala ad-Dárb, por Shéij Muhámmed ibn al-‘Uzaimín, 48/216. 

Los eruditos del Comité Permanente de Jurisprudencia Islámica de Arabia Saudita fueron consultados sobre una mujer que fue operada antes de que comience el mes de Ramadán, y que no pudo ayunar. La operación fue realizada para extirparle completamente un riñón y para extraerle las piedras del otro, y los doctores le advirtieron que no podría ayunar por el resto de su vida. 

Ellos respondieron:

“Si un doctor musulmán confiable ha determinado que el ayuno perjudicará su salud, entonces ella no debe ayunar, y debe ofrecer una expiación por cada día de Ramadán no ayunado, alimentando a una persona pobre dándole un kilogramo y medio de trigo, arroz, dátiles, u otro alimento de consumo local. No es correcto dar la expiación en dinero”. Fin de la cita de Fatáwa al-Láynah ad-Dá'imah, 10/182-183. 

El Shéij Muhámmed ibn al-‘Uzaimín (que Allah tenga misericordia de él) fue consultado:

“Yo fui sometido a una cirugía de riñón a comienzos del mes de Ramadán, y no ayuné este mes, porque no podía estar sin agua más de media hora, y no he podido recuperar estos ayunos hasta ahora. ¿Qué debo hacer?” 

Él respondió:

“No hay nada que debas hacer, en tanto seas incapaz de ayunar. Si esta condición continúa y los doctores te dicen que debes beber agua a cada rato, entonces no debes ayunar. Puesto que al parecer probablemente esta situación continuará, debes alimentar a una persona pobre por cada día no ayunado”. Fin de la cita de Fatáwa Nur ‘ala ad-Dárb, por el Shéij Muhámmed ibn al-‘Uzaimín, 216/40. 

Basándonos en esto, lo prescripto en tu caso es que te abstengas de ayunar y alimentes a una persona pobre por cada día, puesto que los doctores te han dicho que no serás capaz de ayunar en el futuro. 

Si resultara que fueras capaz de ayunar en el futuro, entonces debes reponer los días que no ayunaste. 

Para más información, por favor consulta las respuestas a las preguntas No 12488 y 23296

Y Allah sabe más.

Origen: Islam Q&A