Domingo 21 Yumada az Zaniah 1446 - 22 Diciembre 2024
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Normas sobre quien olvida reponer los ayunos perdidos antes de que llegue el siguiente Ramadán

Pregunta

¿Cuáles son las normas sobre quien olvida reponer los ayunos perdidos antes de que llegue el siguiente mes de ayuno de Ramadán?

Texto de la respuesta

Alabado sea Dios.

Los juristas están unánimemente de acuerdo en que el olvido es una excusa válida, lo cual significa que la persona no es considerada como responsable por lo sucedido en cualquier asunto, a causa de la abundante evidencia del Corán y la Tradición Profética que indica esto. Sin embargo, difieren sobre si se requiere una expiación en casos de olvido. 

Con respecto al punto de olvidarse de reponer los ayunos de Ramadán antes de que llegue el siguiente mes de ayuno, los eruditos están unánimemente de acuerdo en que deben ser recuperados después del segundo Ramadán, y que este deber no se condona por olvido. 

Sin embargo, difieren sobre si la expiación, que es alimentar a un pobre, es requerido cuando se reponen los ayunos perdidos después de que el segundo Ramadán ha llegado. Hay dos puntos de vista: 

1 – Que no se requiere expiación, porque el olvido es una excusa válida, y esto significa que no hay pecado en ello y que la expiación no es necesaria. Este fue el punto de vista de la mayoría de los juristas de la escuela sháfi’i y algunos de los málikis. 

Ver: Tuhfat al-Muhtách, por Ibn Háyar al-Haizami (3/445); Nihayat al-Muhtach, 3/196; Minah al-Jalíl, 2/154; Shárh Mujtásar Jalil, 2/263. 

2 – Que es necesario ofrecer una expiación, y que el olvido es una excusa válida pero que sólo significa que no hay pecado. Este fue el punto de vista de Al-Játib ash-Sharbini entre los juristas sháfi’is, quien dijo en Al-Mugni al-Muhtách, 2/176):

“Al parecer sólo significa que no hay pecado, y que la expiación no es condonada”. 

Esto también fue afirmado por algunos de los juristas málikis. Ver: Mawáhib al-Jalíl Shárh Mujtásar Jalil (2/450). 

El punto de vista más correcto es el primero, si Dios quiere, por tres razones: 

1 – El significado general de los versos y reportes que dicen que la gente no será considerada responsable por aquello que haya omitido por olvido, tal como el verso en que Dios dijo (traducción del significado): 

“¡Señor nuestro! No nos castigues si nos olvidamos o nos equivocamos” (Al-Báqarah 2:286). 

2 – El principio básico de que uno no está sujeto a ofrecer una expiación excepto cuando la evidencia así lo indica, y no hay evidencia confiable que lo indique en este caso. 

3 – Existe una diferencia de opinión sobre si esta expiación se requiere en primer lugar, aún en el caso de quien demora la reposición de sus ayunos deliberadamente. Los hánafis y los literalistas sostienen el punto de vista de que no es obligatorio, y el shéij Muhámmed ibn al-‘Uzaimín sostuvo el punto de vista de que simplemente es recomendable, porque no hay reporte que sugiera que ofrecer una expiación está prescripto excepto por las acciones de algunos de los compañeros del Profeta, para no obligar a la gente cuando Dios les ha concedido una excusa aceptable. 

Consulta también la respuesta a la pregunta No. 26865

En resumen, sólo debe reponer los ayunos perdidos, y no está obligado a alimentar a un pobre, por lo tanto debe reponerlos cuando termine el segundo Ramadán. 

Y Allah sabe más.

Origen: Islam Q&A