La diferencia entre la sentencia sobre tragar flema y su efecto en el ayuno, y tragar un guijarro

Pregunta: 208210

Mencionaron en la fatwa 12597 que tragar flema no invalida el ayuno, porque eso no se considera como comer o beber. Pero también mencionaron en la fatwa 78479 que tragar cualquier cosa invalida el ayuno, ya sea comida, bebida o cualquier otra cosa, incluso si es una moneda. Estoy realmente confundido. ¿Cuál es el juicio si alguien traga intencionadamente la flema que baja desde la nariz o la garganta? ¿Invalida el ayuno?

Resumen de la respuesta

La opinión más fuerte entre los sabios es que tragar la flema no invalida el ayuno, y esto no contradice el hecho de que el ayuno se invalida al tragar cualquier cosa externa, incluso si no es comida, como una piedra u otra cosa similar.

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Texto de la respuesta

Alabado sea Al-lah, y que la paz y las bendiciones sean con el Mensajero de Al-lah.

La opinión más fuerte entre los sabios es que tragar flema no invalida el ayuno , y esto no contradice el hecho de que el ayuno se invalida si se traga cualquier cosa, aunque no sea comida, como una piedra, una moneda, etc.

Se menciona en Al Háwi Al Kabír (3/456): “Ash-Sháfi’i (que Al-lah lo tenga en Su misericordia) dijo: “Si una persona traga una piedra o algo que no sea alimento, o se pone un enema, o trata una herida y la medicina llega a su estómago, o usa rapé que llegue al interior de su cabeza, ha roto su ayuno si lo hizo con conocimiento. Pero si fue por olvido, entonces no debe nada”.

Al Mawardi (que Al-lah lo tenga en Su misericordia) dijo: “Y esto es correcto si traga comida o bebida, o algo que no sea comida ni bebida, como una moneda, una piedra, una nuez o una almendra, ha roto su ayuno con todo eso, y debe reponer ese día si lo hizo a propósito y recordando que estaba en ayuno. Si fue por olvido, su ayuno es válido”.

Y la razón por la cual no hay contradicción es que la flema proviene del interior del cuerpo y es parte natural del mismo. Si la persona la traga, no se considera que esté tragando algo externo. A diferencia de una piedra o algo similar, que si la toma de afuera y la traga, ha introducido algo externo al cuerpo, lo cual sí invalida el ayuno.

Esto fue discutido anteriormente en la fatwa 78479.

La razón por la cual no hay contradicción es que la flema proviene del interior del cuerpo y forma parte del propio organismo. Si alguien la traga, no se puede decir que haya tragado algo externo a su cuerpo. A diferencia de la piedra u otra cosa, quien la toma y la traga ha introducido algo externo al cuerpo, lo cual sí invalida el ayuno.

Se dijo en At-Táy wa Al Íklíl (2/426):

Ibn Habíb (que Al-lah lo tenga en Su misericordia) dijo: “Quien tose flema y luego la traga desde su garganta, o después de haber salido un poco hacia la lengua, no debe nada, aunque ha actuado mal; porque la flema no es ni comida ni bebida, y su origen es la cabeza”.

Al Báyi (que Al-lah lo tenga en Su misericordia) dijo: “El sentido de lo que dijo Ibn Habíb es que no la tomó intencionalmente del suelo, sino que simplemente se acumuló en su boca, como sucede con la saliva. Pero se desaprueba tragarla, porque es posible evitarlo, a diferencia de la saliva”.

En cuanto a la flema que está en la nariz, si la persona la inhala desde la nariz hasta la boca y la traga, esto no invalida el ayuno según la opinión más correcta.

Se dijo en Tabiyn Al Haqá’iq Sharh Kanz Ad-Daqá’iq (1/324): “Si alguien inhala flema desde su nariz hasta la boca y luego la traga intencionadamente, no rompe su ayuno”.

También se menciona en Al Bahr Ar-Rá’iq Sharh Kanz Ad-daqá’iq (2/294): “Si al ayunante le entra moco por la nariz desde su cabeza, y lo inhala hasta que entra en su garganta intencionadamente, no debe nada, porque eso es como su saliva, excepto si lo coloca en su mano y luego lo traga, en cuyo caso debe reponer el ayuno. Y en Az-Zahiría también se menciona que tanto el moco como la saliva que salen de su boca o nariz, y luego los inhala o aspira, no invalidan su ayuno”.

Sin embargo, ya se ha señalado que la flema es algo generalmente repulsivo y que, si se puede expulsar, no debe tragarse.

Y varios sabios han señalado que debe tenerse en cuenta la opinión de quienes consideran que tragarla invalida el ayuno, ya que evitarlo no supone dificultad.

El sabio hanafi Ash-Sharanbaláli (que Al-lah lo tenga en Su misericordia) dijo: “En Al Huyya se preguntó a Ibrahim sobre quien tragaba flema:

Dijo: ‘Si es menos que el tamaño de su boca, no invalida el ayuno por consenso [entre los hanafis].
Si es del tamaño de su boca, invalida el ayuno según Abu Iusuf; pero según Abu Hanifa no lo invalida’.

Y se debe escupir la flema para que el ayuno sea válido según la opinión del Imám Ash-Sháfi’i, como lo señaló Ibn Ash-Shuhna (que Al-lah lo tenga en Su misericordia), de modo que el ayuno sea válido por consenso, ya que puede expulsarse” (Maráqí Al Faláh Sharh Nur Al Idáh, pág. 246).

Y Al-lah sabe más.

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